05 de novembre 2014

Trabajo colaborativo




Acompañar de manera imparcial en la búsqueda de la resolución de un conflicto entre dos partes a través de un proceso dialogado, protagonizado por la voluntariedad y el respeto, la asunción propia y compartida de responsabilidad y el compromiso.  

La práctica diaria de los mediadores y los abogados es, sin embargo, muy diferente al aura romántica y espiritual que a muchos de nosotros nos empujó a entrar en el mundo de las ADR. Sin embargo, hay un punto en común manifiesto entre ambos profesionales: los dos nacen para acompañar a las partes en la resolución de su conflicto.

Los mediadores necesitamos del abogado antes, durante y después del proceso. Y el abogado necesita conocer de la mediación y de la figura del mediador para fortalecer su rol profesional estratégico.

Tal y como algunos autores han señalado, estamos asistiendo en España a la aparición de una nueva generación de abogados que interpretan su profesión de manera táctica, recordando los valores fundamentales por los que cualquier persona emprende la ardua tarea de ejercer la abogacía: dar a su cliente el mejor asesoramiento y orientación para resolver su problema.

Hablamos de aquellos juristas que, en base a los principios de confianza, buena fe y secreto profesional, actúan como asesores estratégicos como analistas jurídicos y consejeros, abriendo las opciones, buscando el menor coste tanto económico como en tiempo para el cliente, proponiendo la mejor opción para los intereses de la parte.

En la mayoría de los conflictos familiares, el abogado sigue siendo el primer interlocutor al que las partes acuden. Su papel es y seguirá siendo fundamental e imprescindible en el juicio, y lo es y ha de serlo en el proceso de mediación.

En palabras de Pascual Ortuño*, la figura del abogado ha desempeñado un papel central en el fortalecimiento del Estado de Derecho, siendo la plasmación del derecho fundamental de acceso a la de la Justicia y a la defensa, vital para la pacificación de conflictos. No obstante, se ha localizado una “litigiosidad judicial impropia”, es decir, situaciones dónde no hay confrontación real de posiciones jurídicas sino un mero desencuentro originado por la ausencia de comunicación entre las partes. 

Y es ahí donde el abogado extiende sus recursos como profesional. Analiza el caso, los intereses, las opciones y le brinda al cliente el abanico de posibilidades que pueden, conjuntamente, abordar.

La mediación es una de esas posibilidades, y el abogado la conoce, la valora y la ofrece si lo cree oportuno. Porque el abogado no es un buen mediador, quizás un profesional con un gran carácter conciliador y habilidades negociadoras, pero no un mediador. Fundamentalmente por una razón: no es imparcial ni neutral.

¿Qué hace el abogado ante un proceso de mediación? El abogado orienta en la estrategia y establece como mejor opción abrir un proceso con un mediador, acompaña en la elección del profesional, diseña con el cliente la estrategia, asesora a su cliente sobre las opciones que se van trabajando respecto los aspectos jurídicos sobre el caso, contrasta la validez de los posibles acuerdos que puedan surgir del proceso de mediación a nivel jurídico, los transforma en ejecutivos, vela por el cumplimiento de ellos,…

El mediador necesita de la participación y acompañamiento del abogado a cada parte. Porque la voluntariedad inicial y constante que ha de protagonizar el proceso de mediación ha de apuntalarse con razonamientos objetivos, con argumentos de legitimidad, con “agentes de realidad”. Su función es la de garantizar  la comunicación entre las partes, promover que afloren los puntos de común, releer e interpretar sus necesidades reales y apartarles de las posiciones enrocadas, así como acompañar en la construcción del compromiso de un futuro conjunto en aquello que deseen o necesiten, con las mejores garantías de continuidad y con la satisfacción de ver reflejado en ese acuerdo su interés de parte.

Mediador y abogado trabajan de manera colaborativa. Crecen juntos.

Solo así, ambos profesionales pueden dar forma al mandato deontológico de procurar la mejor opción para conseguir la resolución del conflicto para el cliente y satisfacción de sus intereses. 


* Pascual Ortuño es Magistrado de la Sección 12ª de la Audiencia provincial de Barcelona, especializada en materia de derecho de familia y de la persona, desde junio 1997. Pionero en la defensa de la mediación como un mecanismo oportuno y deseable para determinados conflictos en el ámbito familiar.